El Juicio
Un juicio de una corte municipal es un juicio justo, imparcial y
póblico como el de cualquier otra corte. Bajo la ley de Texas, usted puede ser llevado a
juicio solamente después de que una acusación jurada haya sido presentada en su contra.
Una acusación es el documento que alega el hecho que supuestamente usted ha cometido y
que el acto es ilegal. Usted puede ser juzgado solamente por lo que alega la acusación.
Usted tiene los siguientes derechos en corte:
- El derecho a revisar la acusación antes del juicio y de que le sea
leída en el juicio;
- El derecho a tener su caso juzgado ante un jurado, si así lo desea;
- El derecho a tener todos los testimonios presentados en su contra en
una corte abierta;
- El derecho a repreguntarle a cualquier testigo que testifique en su
contra;
- El derecho a testificar a su favor;
- El derecho a no testificar, si asÍ lo desea. Si escoge no
testificar, su rechazo a hacerlo no puede usarse en su contra para determinar su culpabilidad
o su inocencia; y
- Usted puede llamar testigos para que testifiquen a su favor en el
juicio y que la corte decrete una citación (una orden de la corte) para asegurar que todo
testigo se presente al juicio. La petición de una citación puede ser oral o escrita.
Si usted escoge que su caso sea tratado ante un jurado,
tiene el derecho de cuestionar a los jurados acerca de sus capacidades para oír su caso.
Si usted piensa que un jurado no será justo, imparcial u objetivo, puede pedirle al juez
que excuse a ese jurado. El juez decidirá sea que pueda o no garantizar su petición.
También se le permite remover a tres miembros del panel del jurado por cualquier razón
que usted escoja, excepto por una razón ilegal (tal como remover basado solamente en la
raza de una persona).
Aplazamiento
Si usted necesita un aplazamiento para su juicio, debe presentar la
solicitud por escrito y someterla a la corte con sus razones antes de juicio
(por lo menos siete días). Una audiencia puede ser necesaria para esta moción.
Puede pedir una continuación por las siguientes razones:
- Un feriado religioso donde los principios de su organización religiosa
les prohíba a sus miembros participar en actividades seculares como los procedimientos de
la corte (debe presentar un affidávit a la corte especificando esta información); o
- TUsted siente que es necesario para que se haga justicia en su caso.
Presentar el Caso
Como en todos los casos criminales, el Estado primero presentará su caso
llamando a los testigos para que testifiquen en su contra. Después de cada procesamiento en
el que el testigo testifica, usted tiene el derecho de repreguntar: Usted le hace preguntas
al testigo acerca de su testimonio o de otros hechos relevantes al caso. Sin embargo, no puede
discutir con el testigo. Cuando le repregunte al testigo solamente puede ser en forma de
cuestionario. En ese momento, no puede decir
La corte municipal tiene la jurisdicción sobre los jóvenes (16 años o menores)
que hayan sido acusados por delitos menores de Clase C, excepto la intoxicación pública. A
todos los jóvenes menores de 16 años se les requiere comparecer en corte abierta para todos
los procedimientos de sus casos. Al padre de cualquier joven menor de 16 años acusado en la
corte municipal se le requiere que comparezca con su hijo(a). El joven menor de 16 años que
no comparezca o que no pague su multa será reportado al Departamento de Seguridad Pública,
el cual le suspenderá la licencia de conducir.